La Secretaria General por atribución de funciones del Gobierno de España, Lucía Andrés-Vázquez Alba, a través de una Circular Informativa emitida el 19 de octubre de 2016 sobre el Uso de Armas de Avancarga en lugares públicos con pólvora en festejos tradicionales, nos informa que:
“A partir del 1 de enero de 2017 se exigirá a los participantes en la celebración de actos tradicionales en los que se utilicen Armas de Avancarga con pólvora la correspondiente Licencia de Armas, debiendo constar en la solicitud que presente la entidad organizadora del acto, además de la restante documentación necesaria para su tramitación, una relación numerada de dichos participantes indicando el nombre, apellidos, NIF, fecha de nacimiento y el documento habilitante para el uso de armas identificada con la referencia de la licencia correspondiente, estando prohibido utilizar este tipo de arma, ya sea como propietario o en alquiler, careciendo de la correspondiente Licencia de Arma.
A estos efectos, se informa igualmente que las solicitudes de licencias para este tipo de armas deberán ser presentadas ante la Comandancia de la Guardia Civil de la provincia correspondiente, órgano delegado competente para la concesión de dichas licencias”.
Conclusión: Es obligatorio obtener la Licencia de Armas de Avancarga (Licencia Tipo AE) si se quiere disparar y obtener pólvora en festejos tradicionales.
Por ello, la Mayordomía de San Blas se pone a disposición de los festeros para facilitar información sobe dónde acudir para poder realizar el reconocimiento psicotécnico, uno de los requisitos imprescindibles para la obtención de dicha licencia. Los interesados podrán pasar por la sede de la Mayordomía el martes 25 de octubre o el miércoles 2 de noviembre, a partir de las 22:00 horas.